D I S P O S I T I VA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; DECLARA SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto los abogados Edgardo Ramón Sánchez Clara, Pablo Antonio Pimentel y Yenny Tatiana Bonilla Torres, en su condición de Fiscal Principal y Fiscales Auxiliares Segundos del Ministerio Público, contra la decisión dictada en fecha 03.06.2011, por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 05 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó medida cautelar preventiva de libertad en la modalidad de detención domiciliaria en contra del imputado Jesús Emilio Albarrán.Todo ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 256 numeral 1° y 450 del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, regístrese y remítase el presente asunto al Tribunal de origen en s.....