PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud de Divorcio, con fundamento en la interpretación Constitucional con carácter Vinculante del artículo 185 del Código Civil, realizada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, en la Sentencia Nº 693, en fecha (02) de junio del año dos mil quince (2015), Expediente Nº 12-1163, con Ponencia de la Magistrada Carmen Zuleta de Merchán; formulada por los ciudadanos; Jesús Ramón Lara y Marina del Carmen Ordoñez Ramírez, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 6.591.474 y 10.559.593, ambos domiciliados en la ciudad Barinas, Estado Barinas, debidamente representados por el abogado Lesmes Antonio Osuna Paredes, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 10.617.670, Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 173.478.-
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, se declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL por ellos contraído .....