En consecuencia por lo anteriormente señalado este Tribunal de Control No 03 de este Circuito Judicial Penal del Estado Barinas ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA MEDIDA DE PRIVACION PREVENTIVA DE LIBERTAD a los imputados ENRIQUE GOMEZ SANDOVAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 18.685.315, fecha de nacimiento 29-08-84, soltero, de ocupación indefinida, Residenciado en el Barrio Mi Jardín calle 01, Etapa I, casa N° 198 por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOR previsto y sancionado en los artículos 5 Y 6 numerales 1,2 y 5 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículo Automotor, y al imputado ALCIDES JOSE MENDEZ HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad. Titular de la cédula de identidad Nro 18.191.401, fecha de nacimiento 06-07-1978, de ocupación indefinida, domiciliado en el Barrio Primero de Diciembre, calle principal. (identificación en investigación)......