Con base en la motivación precedente, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara sin lugar el recurso de apelación de autos interpuesto en fecha veintiséis de abril de dos mil dieciocho (26/04/2018), por la abogada Aída Briceño Rondon, con el carácter de defensora pública octava penal del ciudadano Nelson José Gutiérrez Belandria, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 23.916.734, en contra de la decisión emitida en fecha dieciséis de abril de dos mil dieciocho (16/04/2018), por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 01 del Circuito Judicial del estado Barinas, mediante la cual declaró sin lugar la solicitud de decaimiento de la medida de privación judicial preventiva de libertad impuesta en contra del preindicado ciudadano, en el asunto penal Nº EP01-P-2015-020204.
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