En consecuencia de lo antes expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA EXTINGUIDA LA INSTANCIA POR HABER OPERADO LA PERENCION a tenor de lo previsto en el encabezamiento del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en la demanda de resolución de contrato intentada por el abogado en ejercicio Timoteo Arias Rosales, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano: Antonio Mazuera Zambrano, en contra del ciudadano: Enrique Ceron Villaquiran, anteriormente identificados.
Se ordena notificar a las partes de la presente decisión, se suspende la medida preventiva de prohibición de enajenar y gravar, decretada en fecha: 13 de febrero de 1980, y se ordena oficiar al Registro Inmobiliario del Municipio Barinas, a fin de realizar la participación respectiva.
Publíquese, re.....