D I S P O S I T I V A
En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Juzgado del Municipio Antonio José de Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda de DIVORCIO, de los ciudadanos FERNANDO GUZMAN ESCALANTE y ELSY COROMOTO RAMÍREZ MÉNDEZ, ya identificados, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil y en consecuencia, se DECLARA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL por ellos contraído, por ante la Prefectura del Municipio Antonio Pinto Salinas del Estado Mérida, en fecha 05 de Abril de 2.001, según se evidencia de la copia certificada del Acta de Matrimonio Nº 13, al vuelto del folio Nº 028.
Regístrese, Publíquese y expídanse las copias de Ley.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Antonio José de Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, a los diecinueve (19) días del mes d.....