este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de la Sección de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA: Sustituir la MEDIDA DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD al adolescente: IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY por las MEDIDAS DE IMPOSICIÓN DE REGLAS DE CONDUCTA y LIBERTAD ASISTIDA, de conformidad con lo previsto en los artículos 620 literales "b" y "d", en concordancia con los artículos 624 y 626 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y de adolescentes. Consistiendo la Medida de Imposición de Reglas de Conducta, en: 1.- Obligación de presentarse cada 30 días por ante la Oficina del Alguacilazgo del Circuito Judicial Penal. 2.-Obligación de someterse al cuidado y vigilancia de su madre: IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY quién suscribirá acta de compromiso con el adolescente. 3.- Prohibición de portar armas de fuego .....