Este Tribunal, visto lo anteriormente trascrito, declara desistida la apelación propuesta por la parte accionada en fecha 11-11-2013, contra la decisión dictada por éste Juzgado en fecha 08-11-2013; en consecuencia, se deja sin efecto el auto mediante el cual se oyó en ambos efectos la apelación propuesta por la parte demandada, cursante al folio ciento seis (f. 106), y de conformidad con lo previsto en los artículos 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil, imparte su Homologación en toda y cada una de sus partes al convenimiento efectuado por las partes en los mismos términos que ellos lo establecen y le da carácter de Cosa Juzgada. Reservándose el Tribunal el archivo del expediente dada la naturaleza de la presente acción.