Declara con lugar, la solicitud y en consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial que unía a los cónyuges CRISMAR DE JESUS MOSQUEDA DE RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número Nº V.- 13.849.968 y JESUS GREGORIO RODRIGUEZ GERDEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V.-14.345.144, y del mismo esta juzgadora homologa conforme el artículo 30 LOPNNA, en cuanto a la instituciones familiares, al cumplimiento del deber de obligación de manutención de la adolescente y la niña habidos en el matrimonio, a tal efecto fija la obligación de manutención: a cargo del padre por la cantidad de QUINCE MIL (BF.15.000,00) bolívares mensuales, para cada hija (la adolescente y la niña) y en los meses de septiembre y diciembre la cantidad de TREINTA MIL (BF. 30.000,00) bolívares, cantidades de dinero que deberán ser entregadas directamente a la madre, los primeros cinco días de cada mes a partir del mes de febrero de año 2017, dejando.....