SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado en ejercicio ciudadano: Wilfredo Rafael Velandia Oliveros, inscrito en el Instituto de previsión Social del Abogado bajo el Nº. 201.860, de este domicilio, asistiendo al ciudadano: Carlos Ramón Paredes Garrido, parte actora en el presente juicio, contra la sentencia dictada en fecha 26 de enero de 2.017, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Barinas. Se Confirma la sentencia recurrida por los motivos expresados. Se Niega por improcedente la medida preventiva nominada de secuestros del bien inmueble solicitada, por las razones aquí expuestas.