D I S P O S I T I V A
En consecuencia este Tribunal de Primera Instancia actuando en función de CONTROL Nº 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, C O N D E N A: al acusado RAFAEL RAMÓN BRICEÑO DURAN, venezolano, de 20 años de edad, portador de la cédula de identidad Nº 16.275.987, Cortador de Caña, natural del Estado Trujillo, nacido el día 05-10-83, quien es hijo de Rosa Maria Duran y Rafael Simón Briceño, residenciado en la Calle Principal, Casa s/n cerca de una picadora de piedra Quebrada Seca, Barinas, a cumplir la pena de NUEVE (9) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATON, previsto en la parte infine del articulo artículo 458 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Ana cecilia Uzcategui. De igual forma cumplirá las penas accesorias contenidas en el Artículo 16 del Código Penal. Provisionalmente el cumplimiento d.....