En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO, formulada por los ciudadanos Belkys Yajaira Mora Meneses y José Alfredo Araque Ovalles, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad nros. 11.194.054 y 18.772.136, respectivamente, en consecuencia DECLARA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL por ellos contraído por ante 28 de noviembre de 2.013, por ante el Registro Civil Municipal del estado Barinas, tal como se evidencia de la copia certificada del acta de matrimonio, asentada bajo el Nº 1242, inserta al folio dos (02).