En consecuencia por las razones anteriormente señaladas, éste Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley Decreta: Primero: La Aprehensión en flagrancia del imputado JOSE RAFAEL MARTINEZ VELASQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 10.671.455, de 36 años de edad, nacido el 29-10-1969, natural de Ciudad Bolívar, Barinas Estado Barinas, de estado civil soltero, ocupación u oficio obrero, hijo de Amada Velásquez (V) y Felix Martínez, residenciado en el Mantecal estado Apure, Av. Principal, N° 49, estado Apure, cerca del Hotel Punto Fresco, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, en el delito de Hurto Calificado previsto y sancionado en el artículo 453 ordinal 3 del Código Penal en perjuicio del ciudadano Williams Adelso Arismendi Plaza. Segundo:.....