En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara con lugar la solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos JOAO MOREIRA DA SILVA y CARMEN VELEN PALENCIA DE MOREIRA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-16.052.238 y V-13.040.578, respectivamente, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil.
SEGUNDO: DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL contraído por ellos en fecha tres (03) de Diciembre del año mil novecientos noventa y cuatro (1994), por ante la Prefectura del Municipio Alberto Arvelo Torrealba del Estado Barinas, tal como se evidencia de la copia certificada del acta de re.....