DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto.
Queda así Confirmada la decisión apelada.
Se decreta MEDIDA DE PROTECCIÓN PROVISIONAL (COLOCACION FAMILIAR) de los niños VANESSA CAROLINA Y MIGUEL EDUARDO RAMIREZ MOLINA en el hogar de los ciudadanos BETTY LA CRUZ DE DIAZ y PEDRO DIAZ PANTOJA, C.I. Nros. V- 2.476.160 y V- 248.273, a quienes se les otorga LA GUARDA Y FACULTAD DE REPRESENTACION de los referidos niños.