este Tribunal Sexto de Primera Instancia en Función de Control, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley Decreta el sobreseimiento de la causa, de conformidad con lo expuesto en el Ordinal 2° del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del ciudadano ANTONIO AGRELA DA ACENCOA venezolano, de 55 años de edad, titular de la cedula de identidad N° 4.075.386, hijo de Manuel Agrela y Maria Da Acencoa de Agrela, residenciado actualmente en la población de Chameta Municipio Antonio José de Sucre del Estado Barinas, en perjuicio del Estado Venezolano Notifíquese a las partes de la presente decisión. Publíquese y regístrese. Remítase al archivo Judicial una vez que quede definitivamente firme la presente Decisión y conste en auto las boletas de notificación devueltas. En Barinas, a los Veintiún (21) días del mes de Mayo de 2009.