PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el co-apoderado judicial de la parte actora abogado en ejercicio Juan Carlos Montilla Michelena, ya identificado.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia dictada por el Juzgado Primero del Municipio Barinas de esta Circunscripción Judicial, en fecha 22 de octubre del 2008.
TERCERO: Se DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la presente causa, y por ende, se extingue el procedimiento.
CUARTO: No se hace condenatoria en costas del presente juicio, de conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, y se condena en costas del recurso a la parte actora, de acuerdo con lo previsto en el artículo 281 ejusdem.
QUINTO: No se ordena notificar a las partes y/o a sus apoderados judiciales de la presente decisión, por cuanto se dicta dentro del lapso previsto en el artículo 893 ejusdem.