Con fundamento en los argumentos de hecho y derecho, antes mencionados, este Tribunal Segundo de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se niega la medida de Prohibición de Prohibición de enajenar y gravar solicitada por el ciudadano: Juan Carlos López Cárdenas, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 6.552.730, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana Verónica Raquel Vegas Lameda, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.038. Así se decide.
SEGUNDO: No se ordena la notificación de la parte actora, por cuanto la presente decisión fue dictada dentro del lapso previsto en el artículo 10 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.
CUARTO: no hay condenatoria en costas dada la natur.....