En mérito de las consideraciones antes expuestas este Juzgado del Municipio Pedraza de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los términos siguientes:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la demanda de cobro de Bolívares, vía intimación intentada por el ciudadano BAUDILIO CAMARGO CARREÑO, asistido de los abogados José Ángel Sánchez Florida y Franklin Duvalier Briceño Jiménez, contra la ciudadana: ELENA ESPINOZA, suficientemente identificados en el presente expediente.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandante, por resultar totalmente vencida, de conformidad con el artículo 270 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: No se ordena la notificación de las partes por cuanto la presente decisión fue proferida en el lapso establecido en el artículo 890 ejusdem.
Publíquese, regístrese y expídanse las copias certificadas de la presente decisión en cumplim.....