DISPOSITIVA
Oída la exposición de las partes este Tribunal de Primera Instancia con Competencia en Delitos Contra la Mujer, en Función de Juicio Nº 01, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA: PRIMERO: Una vez verificado el cabal cumplimiento de las condiciones impuestas por este Tribunal Se Declara la Extinción de la acción penal de conformidad con el Articulo 49 numeral 7 del COPP y en consecuencia se Decreta el "SOBRESEIMIENTO" de la Causa de conformidad con el Artículo 46 en concordancia con el articulo 300 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal a favor del ciudadano: OSWALDO ANTONIO PÉREZ RAMÍREZ, Venezolano, titular de la C.I. Nº V-9.262.354, Casado, grado de instrucción 6to grado, ocupación Comerciante, nacido en Barinitas, Municipio Bolívar, Estado Barinas, en fecha 18/01/1964, edad 49 años, hijo de Alcira Ramírez (V) y Abelar.....