DISPOSITIVA
Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, actuando en función de Control Unipersonal Nº 4, CALIFICA COMO FLAGRANTE LA APREHENSION conforme al Art. 248 del COPP, Y DECRETA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD conforme al Art. 250 Ord. 1º,2º,3º, 251 Ord.1º 2º,3º,252 Ord. 1º y 2º del COPP contra del ciudadano : HENRRY RAFAEL ARIAS , venezolano, de 43 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.187.109, (NO LA PORTA) de profesión u oficio Ayudante de Albañilería, natural de Barinas, Estado Barinas, nacido el día 13/10/1961, quien es hijo de Emilio Ramón González (f) y Ana Marlene Arias (v), residenciado en el Barrio Mijagua II, Calle Las Flores, Casa 12-64, cerca de un taller de herrería, Barinas, Estado Barinas, por la presunta comisión del delito de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el Art. 36, Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. Se Ordena la aplicación del .....