El adolescente fue sancionado en fecha 14 de Diciembre de 2011, con las Medidas de IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA, de conformidad con el artículo 620, literales "b" y "d", en concordancia con los artículos y 624 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, por el lapso de UN (01) AÑO, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previstos en el artículo 453 ordinal 3º del Còdigo Penal vigente. Se determina que el adolescente, fue detenido en fecha 02 de Septiembre de 2011, por lo que permaneció privado de su libertad, previo a la fecha de la sanción, por un lapso de UN (01) DIA; que de la sanción ha cumplido, hasta el día de hoy, UN (01) MES Y NUEVE (09) DIAS, y así mismo que le falta por cumplir DIEZ (10) MESES Y VEINTIUN (21) DÍAS, también se establece que la sanción CULMINARIA el 14 DE DICIEMBRE de 2012; ahora bien a los fines de dar cumplimiento a lo establecido en el Art. 622, Parágrafo Segundo de la Ley Orgánica para Protección del Niño, Niña .....