V
DISPOSITIVA
En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Superior Cuarto Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, establece:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer de la presente solicitud autónoma de Medida de Protección Agroalimentaria.
SEGUNDO: Se DECRETA MEDIDA PREVENTIVA DE PROTECCIÓN A LA SEGURIDAD AGROALIMENTARIA, sobre la actividad pecuaria desarrollada en la Unidad de Producción Social Agrícola denominada "BUENA VISTA", el cual se encuentra administrado por la empresa denominada Tierras del Cebu, C.A., RIF J-409868001, representada por la ciudadana María Gabriela Belandria Caballero, titular de la cédula de identidad N° V-19.492.048, en carácter de presidenta, ubicada en la carretera vieja, vía San Silvestre, parroquia Torunos, Municipio Barinas del estado Barinas, constante de una superficie aproximada de trescientas hectárea.....