Por tales razones antes expuestas, este Tribunal de de Primera Instancia en Función de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: Niega el otorgamiento de la Medida Cautelar Sustitutiva, solicitada por el Defensor Privado Abogado Clemente Alipio Navarrete, a los acusados BELKIS ALICIA GARRIDO, venezolana, de 50 años de edad, natural de San Rafael de Managua estado Barinas, nacida en fecha: 23/06/55, titular de la cédula de identidad 4.260.046, hija de Eva Garrido (V) y Pablo León (V) y residenciada en Barrio El Molino, calle 07, casa s/n, cerca del albergue de menores, casa color verde, frente al poste de electricidad 166 Barinas Estado Barinas; FRANCIS NORELIS MORALES COLINA, venezolana, de 24 años de edad, natural de Barinas, nacida en fecha: 22/06/81, titular de la cédula de identidad 17.291.395, hija de Isabel Colina (V) Y Esteban Ramon Morales (F) y res.....