PRIMERO: HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO de la acción formulado por el apoderado actor, Abogado SILVIO PÉREZ VIDAL, identificado en los autos, respecto a la ciudadana AURA DEL CARMEN MOLINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.915.956, de conformidad con los artículos 263, 264, 265, 266 y 147 del Código de Procedimiento Civil. Continuando el juicio respecto al codemandado ciudadano GRECENCIO MOLINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.866.722, debidamente asistido por el abogado en ejercicio CARLOS ALBERTO CHACON VIELMA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 15.669.767, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 176.650.