éste Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la acción de FIJACIÓN A LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCION, interpuesta por la ciudadana DENYS ASTRID PÉREZ OTALORA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-23.150.425, asistida por la Defensora Publica Primera Kalidia Santander, inpreabogado Nº 58.482, en contra del ciudadano JOSEY TRIVIÑO CASTILLO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número V-13.062.504. SEGUNDO: Se fija por concepto de obligación de manutención la cantidad de CINCO MIL BOLIVARES (Bs. 5.000,00) mensuales, adicional como bonificación escolar en el mes de Septiembre la cantidad de VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 20.000,00) y para el mes de Diciembre la cantidad de TR.....