Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR la querella funcionarial, interpuesta por la Ciudadana ROSEMARY MOLINA QUINTERO, titular de la cédula de identidad Nº V-11.372.977, debidamente asistida por el abogado OMAR ARÉVALO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 37.076, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO BARINAS DEL ESTADO BARINAS.