Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por la Autoridad que la Ley le confiere, Declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR EL RECURSO DE APELACION, interpuesto por la abogada Zairi Ailime Olivar Ramírez en su condición de Fiscal Provisorio de la Fiscalía Tercera del Ministerio Público del estado Barinas. SEGUNDO: ANULA, la decisión dictada en fecha 16 de Noviembre de 2016 y fundamentada en fecha 23 de Noviembre de 2016, mediante el cual decretó: No Se Califica como flagrante la Aprehensión del Imputado LEON ALCALA FELIX AMADOR, venezolano, mayor de edad, titular de cédula de identidad N° V- 9.279.681. Se decreta la Libertad Plena para el ciudadano LEON ALCALA FELIX AMADOR; en consecuencia se ordena su inmediata remisión a un Tribunal de Control distinto al que conoció de la presente causa a los fines de que realice con la urgencia que el caso a.....