Con base a las razones que se dejan expresadas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE ANULA DE OFICIO el fallo recurrido dictada en fecha 15 de Febrero de 2.015 y publicado en fecha 23 de Febrero de 2015, por el Tribunal Segundo Estadal y Municipal en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante el cual Se Calificó como flagrante la Aprehensión del Imputado YORMAN PASTORI CASTEJON VARGAS, venezolano, de 22 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-21.116.854, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORES, previsto y sancionado en el articulo 458 en relación con el articulo 83 ambos del código penal venezolano, y USO DE ADOLESCENTE PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en al articulo 264 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes, así como l.....