declara PARCIALMENTE CON LUGAR la reconvención por cumplimiento de contrato propuesta por la empresa MUROCA representada por su presidente Pedro Felipe González Hernández, contra la ciudadana Amely Dolibeth Vivas Escalante.
Como consecuencia de la anterior declaratoria, se ordena a la actora cancelar a la empresa demandada la cantidad de Bs.3.436.739,00, suma ésta adeudada por concepto de diferencia al precio total convenido, más la indexación de la suma de Bs.16.000.000,00, cuyo monto será determinado conforme a lo dispuesto en el artículo 249 del Código de Procedimiento Civil, mediante una experticia complementaria del fallo, de acuerdo con los índices de precios al consumidor publicados por el Banco Central de Venezuela, durante el lapso comprendido del 12 de febrero del 2001 al 28 de octubre del 2003, ambos inclusive.
Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de cumplimiento de contrato intentada por la ciudadana Amely Dolibeth Vivas Escalante contra la empresa MUROCA repre.....