El adolescente, fue sancionado en fecha 02 de Mayo de 2012, con las Medidas de IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA, y LIBERTAD ASISTIDA de conformidad con los artículos 620 literales "b", "d" y 624, 626, todos de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por el lapso de UN (01) AÑO, por la comisión del delito de: EXTORSIÓN, previsto en el artículo 16 de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión, en perjuicio del ciudadano Elbis Javier García, identificado en autos. Se determina que el sancionado, fue detenido por el hecho punible en fecha 18 DE AGOSTO DEL 2011, por lo que permaneció privado de su libertad, previo a la fecha de la sanción, por un lapso de TRES (03) DIAS; que de la sanción ha cumplido, hasta el día de hoy, VEINTIDOS (22) DIAS y así mismo que le falta por cumplir ONCE (11) MESES Y OCHO (08) DIAS, también se establece que la sanción CULMINARIA el 02 DE MAYO DE 2013; ahora bien a los fines de dar cumplimiento a lo establecido en el Art. 622, Parágrafo.....