Por los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN con autoridad de cosa juzgada al desistimiento de la apelación interpuesta por el abogado: Jhan Carlos Vivas Méndez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.867.501, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 105.498, actuando en su condición de apoderado judicial de la ciudadana: Jessica Yanina Márquez Molina, parte demandante en el presente juicio, contra la decisión dictada por el Juzgado de los Municipios Ezequiel Zamora y Andrés Eloy Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en fecha 15 de abril de 2.010. Se ordena la notificación de las partes y/o a sus apoderados judiciales. Líbrense Boleta.....