DISPOSITIVA
En consecuencia por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente señalados, éste Tribunal de Primera Instancia en Funciones de control No 03 de éste Circuito Judicial Penal del Estado Barinas ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: CONDENA al acusado JOSÉ GREGORIO GONZALEZ, venezolano, dice ser titular de la cédula de identidad N° 19.624.527, de 21 años de edad, obrero, nacido el 14/03/1985, natural de Trujillo Estado Trujillo, hijo de Ramón Briceño (V) y de Gerarda González (V), residenciado en la Urbanización Barrio San Rafael, Calle San Miguel Casa s/n, Barinitas Estado Barinas, a cumplir una pena de NUEVE (09) MESES DE PRISIÓN, mas las accesorias de ley, establecidas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el articulo 34 de La Ley Orgá.....