D I S P O S I T I V A
Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; DECLARA: ADMISIBLE el Recurso de Apelación interpuesto por el abogado LUIS ALVARO UTRERA CUEVAS, Apoderado Judicial de la Ciudadana ELVIRA BENARDITA GEURRERO ZAMBRANO, en contra de la decisión dictada y publicada en fecha 12 de junio de 2015, por el Tribunal de Control Nº 05 del Circuito Judicial Penal del estado Barinas, mediante el cual se decretó un cambio de la Medida de Privación Preventiva de Libertad de la imputada BARBARA BENIGNA OROZCO a una medida cautelar sustitutiva establecida en el artículo 242 numeral 1º del Código Orgánico Procesal Penal consistente en DETNCIÓN DOMICILIARIA, a quien se le sigue causa penal por la presunta comisión del delito de EXTORSION, previsto y sancionado en el artículo 16 de la ley Contra el.....