DISPOSITIVA
Con fundamento en las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en función de Control N° 1 de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, en NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY CALIFICA COMO FLAGRANTE LA APREHENSIÓN conforme el articulo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el articulo 557 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, del adolescente : RENZO DANIEL MÁRQUEZ BRICEÑO, venezolano, de 15 años de edad, nacido en fecha 21-09-1.989, hijo de los ciudadanos Carmen Nieves Briceño y José Demetrio Márquez, titular de la cédula de identidad N°V-19.349.218, residenciado en el Barrio Carlos Márquez, Calle 04, Casa N° 07-152, cerca de la Casilla Policial, en esta ciudad de Barinas; en la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORÍA previsto en el artículo 460 en relación con el articulo 83 ambos d.....