En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Pedraza de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO, formulada por los ciudadanos: ISABEL FRANCISCO MAGDALENO y CRISTINA DEL CARMEN UZCATEGUI ARTAHONA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-4.928.563 y V-11.372.293, respectivamente, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil y en consecuencia DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por ante la Prefectura del Municipio Ciudad Bolivia, Distrito Pedraza del Estado Barinas, en fecha veintiocho (28) de agosto del año mil novecientos noventa y dos (1992), según se evidencia en copia certificada del acta de matrimonio signada con el Nº 66, expedida por el Registro Civil de la Parroquia Ciudad Bolivia, Municip.....