D I S P O S I T I V A
En fuerza de las razones expuestas, este Tribunal de Primera Instancia del Trabajo, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Acción de Amparo Constitucional por violación de los derechos previstos en los artículos 50, 87, 112 y 115 de la Constitución, interpuesta por la Asociación de Productores Agropecuarios de Sabaneta y sus Áreas de influencias (APROAPSA), domiciliada en Sabaneta, Municipio Alberto Arvelo Torrealba del Estado Barinas, inscrita por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Alberto Arvelo Torrealba del Estado Barinas, el 6 de junio de 1.990, bajo el Nº 27, Protocolo Primero, Tomo I, Segundo Trimestre, representada por ALIRIO JOSÉ GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, Ingeniero Agrónomo, titular de la cédula de identidad nº V-4.263.055, asistido del abogado HAROLD RAFAEL PAREDES .....