en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley se DECLARA CON LUGAR LA RECTIFICACION SOLICITADA, ordenándose en consecuencia tener por correcto en la Partida de Nacimiento del niño ADELIS RAFAEL MONTILLA FLORES, la fecha de nacimiento del niño como DIECISIETE DE FEBRERO DEL DOS MIL. Una vez quede ejecutoriada la presente sentencia expídanse las copias certificadas de Ley, notifíquese mediante oficio al Registrador Principal de este Estado y a la Prefectura de la Parroquia Alfredo Arvelo Larriva, Municipio Barinas del Estado Barinas, a los fines previstos en el artículo 502 del Código Civil.