Por los razonamientos expuestos, esta Sala de Juicio Nº 1 del Tribunal de Protección del Niño y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declarasen SIN LUGAR la Colocación Familiar interpuesta por la Ciudadana: GLADYS ESTELA LOPEZ DE COIRAN venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V.-6.659.391, en su condición de abuela materna de los niños (cuyos nombres se omiten de conformidad con el artículo 65 LOPNNA) de ocho (08) y doce (12) años de edad, respectivamente, asistida en este acto por la abogada Ángela Rodríguez, en su condición de Fiscal Séptima del Ministerio Público, especializada en Materia de Protección del Niño y del Adolescente. Así se decide.
No hay condenatoria en Costas, por la naturaleza especial de la materia.
Dada, Sellada y firmada en el Tribunal de Protección del Niño y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas......