En consecuencia, este Tribunal de Ejecución N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PRESCRITA LA PENA, impuesta al penado: AHOLIAB RONDÓN SANABRIA, Venezolano, mayor de edad, soltero, vendedor, titular de la Cédula de Identidad N° 15.384.762 y residenciado en Torunos, Calle Las Flores, N° 75, Barinas, Estado Barinas, en la causa seguida al mismo, por el delito de: RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el Artículo 219, Ordinal 1°, del Código Penal; todo de conformidad con lo previsto en el Artículo 112 del Código Penal.