Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara IMPROCEDENTE la demanda de nulidad de contrato de obra, interpuesta por la ciudadana Ana Ramona Rondón Castro, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.561.133, debidamente asistida por la abogada en ejercicio Carmen Loreto, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 58.074, en contra del ciudadano José Ernesto Briceño, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.145.853.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandante al pago de las costas, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: Se ordena notificar a las partes de la presente decisión, por cu.....