DISPOSITIVA
En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Tercero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer del presente asunto.
SEGUNDO: Se decreta MEDIDA AUTÓNOMA DE PROTECCIÓN A LA PRODUCCIÓN AGROALIMENTARIA, que despliega la ciudadana ROSA HERMINIA VEGA DE ROSALES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-9.367.634, sobre el predio denominado "EL ARREQUINTE", ubicado en el sector en Montañas de Concha, Parroquia Ciudad Bolivia, Municipio Pedraza del estado Barinas, con una extensión aproximada de trescientas cuarenta y cinco hectáreas con dos mil novecientos veintinueve metros cuadrados (345,2929 hectáreas), cuyos linderos particulares son, NORTE: Terrenos ocupados por Pedro Daniel y Hermanos Rosales Orosco.....