En fundamento a ello este Tribunal acuerda otorgar al procesado FREDDY EZEQUIEL COLMENARES, anteriomente identificado, una Medida Menos Gravosa, ya que el artículo 256 en su encabezamiento del Código Orgánico Procesal Penal establece "que siempre que los supuestos que motivan la privación judicial preventiva de libertad puedan ser razonablemente satisfechos con la aplicación de otra medida menos gravosa par el imputado, el Tribunal competente, de oficio o a solicitud del Ministerio Público o del imputado, deberá imponerle en su lugar, mediante resolución motivada, algunas de las medidas siguientes..." La cual no es inoperante para acordar otra medida como lo sería la de Presentación Periódica cada Ocho días por ante la Fiscalía de Sabaneta del Estado Barinas, prohibición de salida del Estado sin autorización del Tribunal y prohibición de acercarse a la víctima, de conformidad a lo establecido en el artículo 256 oridinales 3, 4 y 6 del COPP. Trasládese al Procesado para el día 23-01-0.....