Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, pasa a decidir en los términos siguientes: DECRETA: PRIMERO: SE DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa a favor de la Acusada: Ciudadana: CARMEN ALCIRA ALBARRAN ARIAS, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V.- 12839220, de 38 años de edad, nacido el 28/12/72, profesión u oficio obrero, hijo Inés de Arias de Albarrán (V) y de Antonio Ramón Albarrán (V), natural de Anime, Municipio Pedraza, Edo. Barinas, residenciado en la Calle 22 entre Av. 4 y 5, Ciudad Bolivia Pedraza, Estado Barinas; de conformidad con lo establecido en el artículo 45 del COPP, en concordancia con el artículo 48 numeral 7° ejusdem y en consecuencia, el cese de las medidas impuestas. Quedaron las partes pre.....