De una revisión minuciosa de la presente Causa, se observa que el penado: ALEXANDER TORRES OLIVEROS, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 15.547.320, fue sentenciado el: 22-05-2002, por el Tribunal de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, a cumplir la pena de: CINCO (05) AÑOS DE PRESIDIO, por el delito de VIOLACIÓN, previsto y sancionado en el Artículo 375 del Código Penal. Fue privado de su libertad en fecha: 22-03-2002, según se aprecia en autos, constatándose que hasta el día de hoy: 27-06-2006, ha permanecido en presidio por el lapso de: CUATRO (04) AÑOS, TRES (03) MESES Y CINCO (05) DÍAS (tiempo real cumplido); a esto se le debe sumar el tiempo de la pena redimida en fecha: (31-01-2006), de: NUEVE (09) MESES, VEINTICINCO (25) DÍAS Y SEIS (06) HORAS, esto nos da un total de pena cumplida de: CINCO (05) AÑOS, UN (01) MES Y SEIS (06) HORAS. Lo que quiere decir que hasta la presente fecha ya ha cumplido más de la totalidad d.....