ORDENA EL AUTO DE APERTURA A JUICIO ORAL Y PUBLICO, contra el acusado Rodríguez Alfonso José, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el Art. 460 del Código Penal Venezolano, por la comisión del delito por la comisión del delito de Actos Lascivos Agravados previsto y sancionado en el artículo 377 del Código Penal. cometido en perjuicio de la niña PIERINA ANTONELLA GIATTINI RODRIGUEZ ; y se admiten para ser evacuadas en juicio Oral y Público