DECLARA CON LUGAR, la presente solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos NELLLY DEL CARMEN MARQUEZ CASTILLO y CARLOS JESUS PEREZ, ya identificados y en consecuencia queda disuelto el vinculo matrimonial que contrajeron el día 18 de Diciembre de 1.999, por ante la Prefectura del Municipio Barinas del Estado Barinas, según se evidencia del acta de matrimonio N° 212, que en copia certificada fue traída a los autos.
Publíquese y Regístrese y expídanse las copias de Ley.
Dada, Sellada y Firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en Barinas a los veintisiete días del mes de Septiembre de dos mil cinco. Años: 195° de la Independencia y 146° de la Federación.
La Juez Temporal,
Abg. Yriana Díaz Peña.
La Secretaria Acc.,
María Teresa Rodríguez.
En la misma fecha siendo las 8:30 a.m., se registro y publico la anterior sentencia. Conste,
Scría.