PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por el ciudadano Manuel Alfredo Burgos, supra identificado, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, se declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído por los cónyuges ciudadanos Manuel Alfredo Burgos y María Esperanza Jiménez, en fecha 29 de agosto de 1.980, por ante el Concejo Municipal del Distrito Barinas, hoy Registro Civil del Municipio Barinas del Estado Barinas.