Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR la Apelación interpuesta por el Abogado en ejercicio Carlos Rodríguez Guerrero, en su carácter de co-apoderado judicial de la parte demandante, contra la decisión dictada por el Juzgado Primero del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en fecha 23 de Octubre de 2.006, la cual, declaró sin lugar la demanda de desalojo.
SEGUNDO: Declara SIN LUGAR la demanda de Desalojo, intentada por el Abogado en ejercicio Carlos Rodríguez Guerrero, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 70.962, en su carácter de co-apoderado judicial de la ciudadana Calogera María Gagliano de Rivera, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula.....