VII
DISPOSITIVA
En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer del presente recurso de apelación, interpuesto por los abogados Wilmer Efraín Rojas y Julio César Gainza Veliz, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-9.269.028 y V-8.587.162, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 236.106 y 191.615, en su orden, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos José de Jesús Aguilar Peraza y María Martina Peraza, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-9.263.051 y V-2.495.597, respectivamente, parte demandante; contra la decisión de fecha 13 de agosto del año 2024, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instanc.....